
Parlamento argumenta que el fin es eliminar intereses ajenos a la institución.
El Poder Legislativo promulgó la ley que regula el proceso de ascensos en la Policía Nacional del Perú (PNP), estableciéndose nuevos requisitos.
En pro de asegurar la meritocracia en el trabajo de la autoridad del orden, el Congreso de la República oficializó la nueva norma. A través de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, se argumenta que el fin es eliminar intereses ajenos a la institución.
La nueva regla, conformada por 49 artículos, detalla que tanto oficiales como suboficiales de la Policía tienen los mismos derechos y oportunidades para competir en equidad por promociones en sus respectivos grados.
Etapas para el proceso de ascensos en la Policía
A fin de resguardar el orden, se ratificó que el proceso de ascenso sea anual. De igual manera, se estableció el seguimiento de una serie de etapas para postular al curso de ascenso de la PNP:
Determinación de candidatos.
Declaración de aptitud.
Determinación y aprobación del cuadro orgánico de cargos.
Determinación y declaración de vacantes.
Formulación del cuadro de aptitud y notas.
Evaluación de candidatos.
Formulación del cuadro de mérito.
Presentación y formalización del ascenso.
Publicación de las listas de ascenso.
Modalidades
Existen dos modalidades para acceder a este nuevo proceso de ascensos. El primero es el ascenso por concurso, siendo el proceso selectivo para cubrir las vacantes en los siguientes casos:
Para oficiales: desde el grado de teniente hasta el grado de teniente general. Al grado de general de servicios, únicamente los oficiales de servicios abogados y médicos.
Para suboficiales: desde el grado de suboficial de segunda hasta el grado de suboficial superior.
El segundo es el ascenso póstumo:
El oficial o suboficial de la Policía Nacional del Perú (PNP), previa calificación, asciende de manera póstuma al grado inmediato superior por acción de armas o por acto del servicio en el cumplimiento del deber. El grado es otorgado mediante resolución.
Requisitos
Los candidatos al proceso de ascenso deben cumplir con una serie de aptitudes: aptitud psicosomática, condición física, médica y psicológica apta; aptitud profesional, formación académica, experiencia y potencial policial; aptitud disciplinaria, evaluación de antecedentes, méritos y desméritos; aptitud física; y aptitud para el uso de armas.











