
El órgano electoral determinó que el partido vulneró las normas de democracia interna al presentar una lista incompleta y emplear mecanismos de elección contradictorios. La actual congresista Patricia Chirinos queda, de momento, fuera de la contienda para 2026.
Callao, 19 de enero de 2026. — Un duro revés sufrió el partido Renovación Popular en su camino hacia las Elecciones Generales 2026. El Jurado Electoral Especial (JEE) del Callao declaró improcedente la solicitud de inscripción de su lista de candidatos al Senado por dicha circunscripción, una decisión que deja fuera de carrera a la nómina integrada por la legisladora Patricia Chirinos.
La resolución, fechada el 17 de enero y suscrita por la presidenta del órgano, Rosa Ruth Benavides Vargas, concluye que la organización política incurrió en faltas graves contra el reglamento electoral, específicamente en lo referido a la democracia interna y la conformación de las listas.
Infracciones insubsanables
El eje del fallo reside en que Renovación Popular no presentó una lista completa de candidatos. Según el análisis del JEE, la agrupación solo inscribió a dos postulantes: Félix Enrique Morales Ubillus y Patricia Rosa Chirinos Venegas. Sin embargo, la normativa exige que las listas se ajusten estrictamente a los requisitos de número y forma establecidos.
Más grave aún fue la detección de una contradicción en el origen de las candidaturas. Mientras Morales Ubillus fue elegido mediante elecciones primarias, Chirinos Venegas fue incorporada por designación directa. El órgano electoral determinó que esta mezcla de mecanismos infringe el artículo 10° del Reglamento Electoral, que obliga a que los candidatos de una misma lista sean elegidos bajo un mismo criterio democrático.
Al tratarse de una vulneración de las normas de democracia interna, el JEE calificó la falta como "insubsanable", lo que significa que el partido no tiene posibilidad de corregir el error para continuar en el proceso.
Plazos vencidos y archivo definitivo
El fallo también hace hincapié en la extemporaneidad de cualquier intento de rectificación. El plazo legal para solicitar el reemplazo de candidatos venció el pasado 23 de diciembre de 2025, por lo que, al momento de la evaluación, ya no existía margen jurídico para modificar la nómina.
En consecuencia, el JEE del Callao ha ordenado el archivo definitivo del expediente una vez que la resolución quede consentida o ejecutoriada. Asimismo, se dispuso la publicación del fallo en el portal del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para conocimiento público.
Contexto institucional
La decisión ha generado comentarios en el ámbito político, dado que el JEE del Callao es presidido por la magistrada Rosa Benavides, hermana de la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides. No obstante, la resolución es taxativa al señalar que la medida se sustenta estrictamente en el incumplimiento técnico de los literales a) y c) del numeral 36.4 del reglamento vigente, cerrando —por ahora— el paso de Renovación Popular al Senado por la región chalaca.











